JAVIER VALLE RIESTRA

Artículos escritos por el brillante Jurista Javier VALLE-RIESTRA GONZALES OLAECHEA.

viernes, 3 de agosto de 2007

La extradición de Fujimori: un presente envenenado

El dictamen de la fiscal Maldonado, es un veredicto opinante y relativo. Si bien es democrática, se le puede repetir lo que en España se dice por los abogados a los miembros del Ministerio Público: “de todos colega, menos del fiscal”. Esa es la misión de ese ente. Denunciar. Acosar. Acusar.

Pero pese a ese estigma, la funcionaria ha rechazado cargos sobre allanamiento ilegal, asociación ilícita para delinquir, interceptación telefónica, usurpación de funciones y peculado, secuestro en los sótanos del SIE, favorecimiento bélico a Estado extranjero; y ha reducido los cargos de trece cuadernos a cinco. Resulta hasta ahora una escaramuza favorable al extraditurus.

El más grave de todos, la Cantuta y Barrios Altos fue un crimen nauseabundo, obra de los servicios de inteligencia militares. Pero parece no existir prueba de que Fujimori fuera autor, coautor, inductor, cómplice, auxiliar necesario o encubridor. El pago al publicista Borobio fue rechazado por Chile.

Así como el caso de la compra para el Ejército de Cable Canal de Noticias, en que AFF no intervino y que Santiago ha rechazado al negar la entrega de Calmell del Solar. En el asunto de la indemnización a VMT debe recordarse que el dinero volvió a las arcas fiscales y que la OEA y la democracia continental auspiciaban el desahucio de esa persona.

El Juez supremo Orlando Alvarez deberá examinar la tesis esgrimida por los letrados de Pinochet en Londres (1998), e invocada por el defensor Francisco Velozo, rechazada prima facie por la fiscal: la inmunidad soberana; es decir, que un Mandatario no responde por sus actos de gobierno que algunos lores aceptaron y la mayoría rechazó; la extradición de un ex Jefe de Estado no tiene la misma naturaleza que la de un estafador, uxoricida o asaltante de bancos. Juzgarlo es juzgar al Estado. Merece ser sentado en el banquillo de nuestra justicia.

Lo que no hemos logrado con otros tiranos (Sánchez Cerro, fue ejecutado por el compañero Mendoza Leyva; pero Prado y Odría fueron perdonados por la democracia aliándose con ellos).

En el afer Fujimori, de ser entregado, vislumbro que es un presente griego porque más allá de sus canalladas es líder de un sector del país, como no lo son ya Lourdes ni Humala. Fujimori en los calabozos de San Jorge o de una Base Naval pasa a mártir por el sentimentalismo popular.

Es lo que le pasó a De Gaulle (1945), que derrotado el régimen traidor y pronazi de Vichy, le hizo saber al gobierno helvético que se pediría la extradición del mariscal Petain, pero que se prefería su no entrega.

El plan fracasó porque el nonagenario fugitivo decidió volver voluntariamente a Francia y protagonizó un drama judicial que partió a la nación. Para unos, los más, era un traidor; para otros, un héroe. Cuidado.

domingo, 8 de julio de 2007

El unicameralismo frankensteiniano

Debo insistir en que el unicameralismo ha demostrado en los quince años de su existencia ser totalitario y antidemocrático. Paradójicamente, más inquisitorial en el régimen presuntamente democrático que sucedió a Fujimori. Así, mientras las Comisiones Investigadoras de 1945-48 fueron diecisiete; las de 1950-56, cuatro; las de 1956-62, diez; las termocefálicas del 2001-2006 llegaron a ciento dos. El unicameralismo en el Perú ha sido siniestro.

El de 1822 fue ultraparlamentario y utópico, puso a gobernar a un triunvirato, y a los pocos meses los militares fundaron de facto la Presidencia de la República en el golpe de Balconcillo. Se suspendió luego la Constitución de 1823 y las propias labores parlamentarias para permitir la dictadura de Bolívar. El unicameralismo de 1867 no llegó a funcionar. El monocameralismo de 1931 fue mal nacido. Se comenzó anulando la elección de diez constituyentes apristas por Cajamarca y desaforando a veintidós a los dos meses de empezados los debates.

El monocameralismo fujimorista (1993-2000) y el antifujimorista (2001-2006) han significado el mismo fenómeno totalitario: temor reverencial hacia el Jefe de Estado; espíritu comisarial; persecución de magistrados del TC y de la Corte Suprema por discrepar con sus resoluciones; leyes como la de interpretación auténtica, contumacia, leyes penales y penitenciarias retroactivas en perjuicio del reo, etc.

Y al amparo de los inconstitucionales artículos 99o y 100o de la magna lex apócrifa acosaron y persiguieron a infinitas personas imputándoles conductas atípicas, prescritas o improbadas. La fiscalía y la judicatura acataron genuflexamente esas decisiones sin preferir la supraconstitucionalidad democrática a la constitucionalidad fascistoide. Los críticos del Senado censuran que invoquemos la historia, como si no formara parte de la esencia nacional, y señalan que pretendemos introducir un ente foráneo, como si no hubiera existido antes.

De 186 años de independencia solamente 47 no hemos tenido Senado. De 1822 a 1826, durante el primer Parlamento; de 1855 a 1856, la Convención Nacional que fue realmente una Constituyente, disuelta a bayonetazos por el coronel Arguedas; en 1867 unos meses; de 1881 a 1883, bajo la vandálica y genocida ocupación chilena; de 1930 a 1939, periodo en que se desaforó a los compañeros apristas y señorearon las perversas dictaduras de Sánchez Cerro y Benavides; de 1948 a 1950, en el interregno de Odría antes de su autoelección; de 1968 a 1980, vigente el hipócrita régimen seudorrevolucionario de las Fuerzas Armadas. Finalmente, con el drama comenzado en 1993.

Quienes nos llaman extranjerizantes ignoran que nuestras pluricentenarias instituciones constitucionales no han sido fundadas en el Perú. El Senado es de origen romano; el Defensor u Ombudsman es sueco; la Presidencia de la República fue inventada en Estados Unidos (1787); la jurisdicción constitucional es una fábrica de la revolución francesa, de Sieyés; el mismísimo Parlamento es de origen medieval europeo. Si quieren algo nacional tendremos que restaurar al Tucuy Ricuy y a los Orejones.

domingo, 24 de junio de 2007

Por qué los parlamentos deben ser disolubles

Esta es una hora de mutaciones sociológicas y de mutaciones constitucionales. No se puede mantener a ultranza como un dogma inflexible la indisolubilidad de las cámaras, como si nada hubiera cambiado en la teoría jurídica y en la colectividad. Se introdujo en las Chartas de Haya (1979) y de Fujimori (1993) esa posibilidad. Pero tímidamente. Era fundamental haber censurado tres o dos gabinetes sucesivamente, sistema complejo, lento, burocrático, iluso.

Las masas son volubles y no se puede mantener la rigidez del presidencialismo en que quien gana las elecciones se lleva todo: la jefatura del Estado, los ministros, el Parlamento. Hay que ir a un sistema más flexible en que las cámaras puedan ser disueltas y recompuestas y que éstas elijan un Primer Ministro que sea un maxipremier (al estilo de Felipe González o Willy Brandt) y no un minipremier, como dice Sagüés al aludir al híbrido sistema peruano. Un Primer Ministro que no es el premier, es decir el primero, sino el último. El dernier. Un polichinela vapuleable que cae porque renuncia, porque el Parlamento lo despide o porque el Presidente lo desahucia. El tema es difícil de explicar teóricamente.

Como dice Georges Burdeau, el peor método para abordarlo consiste en tratarlo abstractamente. Por eso mencionaré aquí tres casos que son espécimenes de seminario acontecidos en nuestro país durante el siglo XX en que el parlamentarismo y la disolución, y no el presidencialismo imperante y su rigidez, habrían salvado al Perú de tres golpes militares.

Son los de Guillermo Billinghurst (1914); José Luis Bustamante y Rivero (1945-48) y Alberto Fujimori (1990-92). Si las crisis provocadas por el encuentro del primero con la oligarquía; del segundo contra su elector, el APRA; y del tercero versus los partidos democráticos, se resolvían dispersando al Parlamento, la democracia se hubiera salvado con sendas victorias contra el militarismo civilista, contra el antiaprismo dinosáurico y contra los sectores ultraparlamentaristas.

De allí se desprende mi pregunta principista: ¿Qué preferiría sacrificar Alan García (o cualquier Jefe de Estado futuro) si se agudizase la decadencia del Parlamento (que según una encuesta de Apoyo tiene sólo un cuatro por ciento de aceptación), si esa crisis afectase a todo el sistema y a la estabilidad democrática? ¿Mantendría fanáticamente el dogmatismo constitucional? ¿O preferiría disolver y convocar inmediatamente a nuevas elecciones? Esta es sólo una especulación teórica. Como ha dicho acertadamente Jorge del Castillo Javier Valle-Riestra no representa ni al gobierno ni al Partido Aprista.

Es verdad; no me he arrogado esa personería. Solo soy un aprista sin carné, iconoclasta y heterodoxo. Un filósofo en la roca; un profeta apedreado que propone reformar un arcaico sistema constitucional para permitir por razones de Estado apelar plebiscitariamente al pueblo y recomponer legítimamente sistemas en quiebra.

lunes, 11 de junio de 2007

El Senado funcional

Durante los años que le quedan teóricamente a este Congreso unicameral –experimento frankesteniano del fujimorismo– se acentuará el desprestigio del Parlamento como institución. Por eso yo proponía restaurar hoy a los senadores disueltos el cinco de abril de 1992 para que ad honorem desempeñen sus funciones, reemplazando a los muertos (L.A.S., Ulloa, Polar, Ramos Alva, Del Prado) con los accesitarios. Eso sería un desarrollo del Art. 307 de la Constitución de 1979 que autoriza a cualquier ciudadano investido o no de autoridad a restaurar la magna lex en caso de profanación o de golpe de Estado. Pero es obvio que no va a prosperar mi tesis.

Entonces, viene la pregunta: ¿Cómo debe ser ese Senado? Evidentemente que no puede tener el mismo origen electoral ni las mismas atribuciones que la Cámara Baja.

Concibo un Senado funcional mediante sufragio gremial y profesional, tal como se proyectó en 1931. Uno de los grandes debates del siglo XIX fue protagonizado por el brillante reaccionario Bartolomé Herrera, presidente del Congreso Constituyente de 1860 y Obispo de Arequipa.

Defendía contra los Gálvez, grandes liberales, la tesis de la soberanía de la inteligencia. Se enfrentaba así a la irrecusable doctrina de la soberanía popular.

El Senado –sostenía visionariamente Herrera en su proyecto constitucional autoritario– era corporativo y funcional, se componía de treinta miembros, tres por cada una de las diez carreras siguientes: la carrera política (ministros de Estado, ministros diplomáticos, prefectos, oficiales mayores); la carrera de Hacienda (jefes de oficina en ese ramo, incluyendo los de correo); la magistratura; el clero; el Ejército y la Marina (de coroneles para arriba); la carrera parlamentaria (los que hubiesen sido representantes tres veces o hubieran concurrido a tres legislaturas); las profesiones científicas; los propietarios de predios rústicos y urbanos; los mineros y los comerciantes con capital mayor a 200,000 pesos.

En el Congreso Constituyente de 1931 prevaleció la tesis del unicameralismo defendida por Luis Alberto Sánchez contra la del bicameralismo sostenida por Víctor Andrés Belaunde. Ambas tendencias proponían, empero, la funcionalización del Parlamento. Es decir, que representantes de los diversos sectores de la producción y de la cultura se constituyeran en cámaras. Se propuso para 1939 el Senado funcional; desgraciadamente no se instaló.

Y así el bicameralismo que hemos vivido ha sido, con unas variantes a partir de 1979, el de dos cámaras mellizas, elegidas por el voto popular. Por eso reclamo el Senado funcional. En Irlanda, por ejemplo, los cuarenta y tres escaños senatoriales son repartidos así: once para agricultura y pesca; once, para los trabajadores asalariados; nueve, industria y comercio; siete, administración; cinco, cultura nacional, literatura, bellas artes, profesiones jurídicas y médicas.

Nosotros debemos agregar al sindicalismo (CTP, CGTP), a representantes del capital nacional y extranjero, de las Fuerzas Armadas. Así que no es una idea lucubrada estrambóticamente.

domingo, 3 de junio de 2007

Onomatopeya o prosopopeya pero no epopeya

No merece los elogios eunucos que se le han hecho. Los pueblos peruano y boliviano aparecen como ignorantes. Ridiculizan al héroe altoperuano Eduardo Abaroa. En escena fugaz, en Chorrillos 1881, aparece un soldado chileno moribundo ejecutado por un militar peruano. ¿Por qué no aluden, si son imparciales, a los once bomberos italianos que fusilaron allí? Pero lo más interesante es que se nos conduce a debatir las causas inmediatas o aparentes del conflicto. Pero no la principal: la vocación chilena expansionista.

Bolivia tenía como límite meridional el paralelo 27, de acuerdo a lo regulado por la Audiencia de Charcas. Las primeras Constituciones chilenas reconocieron que las fronteras de su país se extendían hasta el territorio de Atacama. Chile decidió desde 1840 apoderarse de ese desierto y suscribió con Bolivia, en 1866, un Tratado que señalaba como limite el paralelo 24 de latitud meridional e impuso un condominio en la explotación del guano y del salitre. En 1874 otorgaron ambos países otro Tratado, volviendo a señalar ese paralelo como su hito. Pero, como el 14 de febrero de 1878, el gobierno del General Daza promulgó una ley creando un impuesto de 10 centavos por quintal de salitre exportado, tropas chilenas desembarcaron en Antofagasta y se apoderaron del territorio situado al sur del paralelo 23 y al norte del 24.

El Perú se vio arrastrado a la guerra porque había firmado, en febrero de 1873, una alianza defensiva con Bolivia. A consecuencia de dicho instrumento perdimos Tarapacá en 1883 (Tratado de Ancón) y aceptamos inexplicablemente un plebiscito sobre el destino de Tacna y Arica. ¿Qué plebiscito cabía en provincias histórica y sociológicamente peruanas? Chile sabía que iniciaría una campaña de desperuanización y de sabotaje del referéndum. Este proceso culminó con los informes que confirmaron su no viabilidad por el vandalismo chileno. Tuvimos en 1929 que renunciar a Arica.

Visionariamente el ministro Diego Portales en 1836, al dirigirse al almirante Blanco Encalada, antes de su expedición contra la Confederación Perú-Boliviana, le decía: “(...) debemos dominar para siempre en el Pacífico: esta debe ser su máxima ahora, y ojalá fuera la de Chile para siempre…” Esta primera expedición capituló en Paucarpata. Chile decidió una segunda expedición “restauradora”. Y zarpó una flota desde Coquimbo el 19 de julio de 1838. Fuimos derrotados en Yungay.

Y una marcha de ese nombre es el himno chileno. Así que con la historia clínica de ese país no podemos confiar que posea una voluntad indoamericanista porque tiene un designio imperial y prusiano. Hoy mismo hablan del Mar Presencial de Chile (tesis del almirante Jorge Martínez Bush, ex Comandante en Jefe de la Armada chilena, consagrada en la ley 19080), en cuya virtud fabrican un Chile continental, otro antártico y otro polinésico que tiene una significación totalitaria, geopolítica, hitleriana. Dos epopeyas: la chilena de 1879 y la nazi de 1939.

domingo, 20 de mayo de 2007

Interpelación por inhabilitación nula

Es bien sabido que la conducta de Del Castillo es penalmente atípica porque no designó a Pandolfi a sabiendas de su inhabilitación; que fue un acto nulo y que, además, el día que debía regir se publicó en el diario oficial la resolución que lo declaraba inexistente. Pero debatimos estérilmente algo que no ingresó al mundo de la política ni del derecho.

Fueron interpelados y censurados, en los últimos setenta y cinco años, Luis A. Flores, camisa negra y Primer Ministro sanchezcerrista, responsabilizado de maltratos físicos al diputado Ernesto Merino (1932).

La coalición APRA-UNO censuró entre 1963 y 1967 a diez ministros. Entre ellos Oscar Trelles, por invasión de tierras; a Carlos Pestana, por sostener que las Cámaras tenían un festín presupuestal; a Francisco Miró Quesada, por abandonar despectivamente el hemiciclo afirmando que los apristas debían cumplir su consigna; a Víctor Ganoza Plaza, por escasez y subida de precios; a Valentín Paniagua, por el proyecto de reforma del Código de Procedimientos Penales; a Javier Alva Orlandin, por huelgas y subversión en Toquepala; a Carlos Cueto Fernandini, por decir que los senadores no conocían el valor semántico de las palabras; a Luis Alayza Escardó, por maltrato policíaco callejero al diputado Mario Villarán.

Más tarde, Enrique Ross Link, ministro de Fujimori, fue interpelado y censurado en 1991 como consecuencia de las tensiones existentes entre el gobierno y el Parlamento.

Finalmente, Fernando Rospigliosi cayó por los sucesos de Ilave. Vemos así que esta figura constitucional se produce por hechos acontecidos. No por los inexistentes o nulos. Fijémonos en el quid del problema.

¿Sabía Del Castillo que el ex Premier estaba inhabilitado? Estoy convencido de que no. Sí sabía que estaba procesado. Pero nadie tiene un archivo en la cabeza de los funcionarios sometidos a esa proscripción.

Y la persona menos indicada para perpetrar esa estupidez era el Primer Ministro, ex alcalde de Lima, ex secretario general del PAP, pero sobre todo viejo y baqueano abogado.

No iba a poner suicidamente su cabeza en la guillotina. Pero lo más interesante es que las interdicciones parlamentarias que se han dictado, comenzando por la de Fujimori –así las merezcan–, son nulas porque no tienen parte motivada.

Se limitan a decir que las ordenan conforme al artículo 100o de la Constitución e inhabilitan en el ejercicio de la función pública. Pero no dicen por qué. No tienen siquiera un conato de fundamento.

Son un ucase. El TC ha sentenciado que la Constitución no garantiza una determinada extensión de la motivación, pero sí que exista fundamentación jurídica, congruencia entre lo pedido y lo resuelto; que exprese una suficiente justificación de la decisión adoptada.

No se necesita ser muy zahorí para vaticinar que Chile estimará como violatorias del debido proceso las torpes proscripciones impuestas al canallesco Fujimori y su séquito.